Desde la muerte del dictador y el comienzo de la transición se dictaron normas tendentes a reconocer derechos a las víctimas de la represión política ejercida durante el franquismo contra quienes se habían mantenido leales a la legalidad republicana o se habían caracterizado por su defensa de los derechos fundamentales y libertades públicas. Las medidas legislativas y administrativas aprobadas durante estos primeros años se dirigen exclusivamente a reparar daños, perjuicios y desventajas sufridas por tales víctimas. Pero en ninguna de ellas se declara la ilegitimidad de los actos del franquismo y sus medidas de represión, ni tampoco se reivindican políticamente los valores democráticos y de respeto a los derechos humanos defendidos por quienes sufrieron la represión franquista. Son un buen ejemplo de la tesis de la equidistancia que presidió la transición.
A continuación se compilarán las principales normas de ámbito estatal y autonómico que, desde las premisas ideológicas señaladas, van corrigiendo la situación de desigualdad y discriminación en la que se encontraban algunas de las víctimas del franquismo. Sin perjuicio de las posibles relaciones y conexiones temáticas entre ellas, las normas que componen este capítulo se ordenan y clasifican según los siguientes epígrafes: indultos, amnistías y rehabilitación; pensiones e indemnizaciones; devolución de patrimonio incautado a sindicatos y partidos políticos; y concesión de la nacionalidad española.
2.1. Indultos, amnistías y rehabilitación
2.2. Pensiones e indemnizaciones
2.2.1. Militares y excombatientes
2.2.2. Pensiones derivadas de la guerra civil
2.2.3. Indemnizaciones por tiempos de prisión
2.3. Devolución de patrimonio incautado a sindicatos y partidos políticos
2.4. Concesión de la nacionalidad española