a) Ley 1/1977, de 4 de enero, para la Reforma Política.
BOE 5-I-1977. Disponible en http://www.boe.es/boe/dias/1977/01/05/pdfs/A00170-00171.pdf
Nota o comentario a añadir: Fue la ley que permitió la alegada continuidad «de la ley a la ley» que presidió la transición de la dictadura a la democracia. Es la «ley-puente» entre la legislación franquista y la arquitectura constitucional, la que consolida el pacto de la transición e inicia el camino hacia la aprobación de la Constitución de 1978.
b) Decreto-Ley 20/1977, de 18 de marzo, sobre Normas Electorales.
BOE 23-III-1977. Disponible en http://www.boe.es/boe/dias/1977/03/23/pdfs/A06584-06600.pdf
Nota o comentario a añadir: Este Decreto obligó a todos los partidos que quisieran concurrir a las elecciones generales de 15 de junio de 1977 a renunciar a toda denominación expresamente republicana.
Además, este Decreto diseña un sistema electoral -refrendado después por la Constitución de 1978 y la posterior legislación electoral- dirigido a consolidar un bipartidismo con los grandes partidos políticos de ámbito estatal: uno de centro-derecha y otro de centro-izquierda. Todavía hoy el sistema político español se asienta sobre la hegemonía de estos dos partidos.
c) Constitución Española de 1978.
BOE 29-XII-1978. Disponible en http://www.boe.es/boe/dias/1978/12/29/pdfs/A29313-29424.pdf
Nota o comentario a añadir: La Constitución de 1978 omite cualquier referencia a las víctimas del franquismo y sus derechos, así como a la experiencia democrática de la segunda República. Ancla su legitimidad jurídico-política en el pacto de la transición, evitando así recurrir a la Constitución de 1931. Prueba de ello es la inexistencia de menciones expresas a la República y su constitución en el texto constitucional de 1978. La única referencia que se hace al pasado republicano aparece en la Disposición transitoria segunda, al hilo de la puesta en marcha del proceso autonómico, al referirse a «los territorios que en el pasado hubiesen plebiscitado afirmativamente proyectos de Estatuto de Autonomía».